Propuesta de ley en el Distrito Federal
Nada ni nadie puede autorizar la muerte
• Víctor Manuel Pazarín
El Estado, de acuerdo a la ley, tiene como uno de sus deberes primordiales el respetar y hacer respetar los derechos fundamentales de la persona, y uno de esos derechos el principal es el derecho a la vida

En el caso particular de la propuesta de ley en favor de la eutanasia lanzada en el Distrito Federal, la Iglesia Católica, a través del Cardenal Norberto Rivera Carrera, Arzobispo Primado de México, ha sido fundamental su intervención para aclarar la polémica desatada en torno al tema, ya que es claro que lastima a la sociedad, pues para muchos que promueven su legalización, la eutanasia significa «causar la muerte por “piedad”, con el fin de eliminar radicalmente los últimos sufrimientos o de evitar a los niños subnormales, a los enfermos mentales o a los incurables, la prolongación de una vida desdichada, quizás por muchos años, que podría imponer cargas demasiado pesadas a las familias o a la sociedad».
Pero para la Iglesia Católica la acción y el término significa, de manera contraria a la de arriba: «Una acción o una omisión que por su naturaleza, o en la intención, causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor. La eutanasia se sitúa, pues, en el nivel de las intenciones o de los métodos usados».
Ninguna autoridad puede permitirlo
En tal caso las declaraciones del Cardenal Norberto Rivera han sido sostenidas en el Iura et bona, emitido por la Santa Sede, dado a conocer en mayo de 1980: «Es necesario reafirmar que nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Ninguna autoridad puede imponerlo ni permitirlo legítimamente. Se trata, en efecto, de una violación de la ley divina, de una ofensa a la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la vida, de un atentado contra la humanidad».
La misma Iglesia ha dicho que el citado documento permite, en algunos puntos, «iluminar la conciencia del creyente», desechando los argumentos de quienes están en favor de la eutanasia.
El sufrimiento no atenúa el homicidio
El Iura et bona, afirma: «Podría también verificarse que el dolor prolongado e insoportable, razones de tipo afectivo u otros motivos diversos, induzcan a alguien a pensar que puede de manera legítima pedir la muerte o procurarla a otros. Aunque en casos de ese género la responsabilidad personal pueda estar disminuida o incluso no existir, el error de juicio de la conciencia aunque fuera incluso de buena fe no modifica la naturaleza del acto homicida, que en sí, sigue siendo siempre inadmisible.
Las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como expresión de una verdadera voluntad de eutanasia; éstas, en efecto, son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto. Además de los cuidados médicos, lo que necesita el enfermo es el amor, el calor humano y sobrenatural, con el que pueden y deben rodearlo todos aquellos que están cercanos, padres e hijos, médicos y enfermeros».
Negación de la ciencia médica
Como puede verse, para la Iglesia, como ha sido planteada la eutanasia por sus promotores, «afecta de lleno al mundo de la medicina», pues como se señala en el libro La eutanasia: 100 cuestiones…, ésta merece la misma calificación ética «si la practica un médico que una enfermera o el técnico ambiental de un hospital, que si la practica, por otro medio cualquiera, un familiar o un amigo de la víctima», pues considera en todos los casos que se trata de un hombre que da muerte a otro hombre, a otro ser humano.
En todo caso, el pensamiento de la Iglesia ilumina la razón de existencia de la medicina, pues provee «la curación del enfermo» en cualquiera de sus etapas o fases de su dolencia; de allí que se considera que la eutanasia es una negación de la ciencia médica.
Ni uno, ni otro…
La autoridad
Nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Ninguna autoridad puede imponerlo ni permitirlo legítimamente.
El solicitante
Nadie puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad ni puede consentirlo de manera explícita o implícita.
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