Edición 589
18/05/2008

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Editorial

El problema de la
libertad religiosa


En 1982, el 18 de septiembre, Juan Pablo II dirigió un discurso a los participantes en la 69ª Conferencia de la Unión Interparlamentaria. Ahí habló de lo que el Pontífice definió como “el problema de la libertad religiosa”, aclarando, como en estos tiempos se exige hacerlo, especialmente en México, que “la Iglesia no pide ningún privilegio al poder civil”.
Por lo que, para el Papa Wojtyla, “la libertad religiosa no es sino una de las caras del prisma unitario de la libertad; ésta es un elemento esencial de toda sociedad auténticamente moderna y democrática. Por tanto –añadió el Santo Padre-, ningún Estado puede pretender una estima positiva, o mucho menos ser considerado como benemérito, por el solo hecho de que parece que concede la libertad religiosa, cuando en la práctica la aísla de un contexto general de libertad”.

Los ciudadanos no viven, entonces, una libertad completa si no tienen la posibilidad de ejercer el aspecto religioso de su existencia, si es que lo quieren manifestar y tienen esta convicción. No se pide el poder; se requiere, más bien, garantizar el espacio democrático para que, los que quieran, pongan en práctica sus creencias, así como lo exigen también los no creyentes, para expresar su incredulidad, siempre y cuando, ambos, respeten las diferentes formas de pensar.

No se justifica el ataque violento para defender la libertad religiosa; pero tampoco se deben aceptar como verdades las expresiones que vinculan, por ejemplo, a los Beatos Anacleto González Flores, Miguel Gómez Loza y Luis Padilla, con la guerra, órdenes de fusilamientos, armas o parque. Con mentiras tampoco se defiende la democracia o la laicidad. Ninguno que se haya dedicado a la insurrección, incluso en su afán por defender su fe, será llevado a los altares en la Iglesia.

Si a los primeros se les propone como ejemplo de vida, fue precisamente porque no optaron por una defensa armada, sino por una defensa pacífica de su libertad religiosa, un derecho natural que debería ser garantizado por todas las sociedades que se privilegian de progresar en la democracia, y que tienen, como una de sus manifestaciones, escribe Juan Pablo II, en “las libertades religiosas en lo tocante a la participación, en plano de igualdad, en las iniciativas sociales, en las que cada día más se articula la vida del hombre moderno”. En otros países ya se vive esto que en México ha costado mucho trabajo poner en práctica.

En su reciente viaje pastoral de Benedicto XVI a Estados Unidos, en el discurso ante los representantes de los países del mundo en la sede de la ONU, el Papa abordó este tema, y señaló que, “obviamente, los derechos humanos deben incluir el derecho a la libertad religiosa, entendido como expresión de una dimensión que es al mismo tiempo individual y comunitaria; una visión que manifiesta la unidad de la persona, aun distinguiendo claramente entre la dimensión de ciudadano y la de creyente”.

Por lo tanto, añadió, “es inconcebible que los creyentes tengan que suprimir una parte de sí mismos -su fe- para ser ciudadanos activos. Nunca debería ser necesario renegar de Dios para poder gozar de los propios derechos. Los derechos asociados con la religión necesitan protección, sobre todo si se los considera en conflicto con la ideología secular predominante o con posiciones de una mayoría religiosa de naturaleza exclusiva. No se puede limitar –abundó el Pontífice- la plena garantía de la libertad religiosa al libre ejercicio del culto, sino que se ha de tener en la debida consideración la dimensión pública de la religión y, por tanto, la posibilidad de que los creyentes contribuyan a la construcción del orden social”.

 

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