Secuencia de las constituciones mexicanas
Publicado en web el 7 de Febrero, 2010Actas constitutivas y leyes constitucionales: siglos XIX y XX
“La Constitución es la Ley Fundamental de un Estado, en la cual se establecen los derechos y obligaciones de los ciudadanos y gobernantes. Es la norma jurídica suprema, y ninguna ley o precepto puede estar sobre ella. La Constitución, o Carta Magna, es la expresión de la Soberanía del Pueblo, y es obra de la Asamblea o Congreso Constituyente” (Cfr. IFE. Dirección Ejecutiva, México, D. F.)
Dr. Alberto Gutiérrez T. Formoso
Conforme al Artículo 135°: “La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Mas, para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos, acuerde dichas reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las Legislaturas de los Estados”. A la luz de estos dos párrafos entrecomillados, nos parece interesante, y cívicamente educativo, señalar brevemente la Secuencia de los Textos que oficialmente el IFE reconoce como de peso constitucional.
Recorrido cronológico
La referencia a la Constitución de Cádiz, 1812, rigió en España y en sus Colonias. En su redacción participaron 15 Diputados novohispanos, de los cuales, el Pbro. Miguel Ramos Arizpe y Don José María Guridi y Alcocer serían Diputados Constituyentes en 1824, ya México independiente. Su articulo 4°, en Cádiz, fue relevante: “La Nación está obligada a conservar y proteger, por Leyes sabias y justas, la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos…”
Durante la gesta de la Independencia, y gracias al impulso de egregios constituyentes, se redactó la Constitución de Apatzingán, con el trasfondo e inspiración del texto de los Sentimientos de la Nación (1813). Así se expidió el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana”(sic).
Para 1824, México contó con el Acta Constitutiva de la Federación y Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos”, promulgada el 3 de octubre de 1824. Sus principales disposiciones tocaban puntos vertebrales:
-“La Soberanía reside esencialmente en la Nación”.
-“Se constituye una República representativa popular (sic) federal”.
-“La División de Poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial”.
-“La Religión Católica es la única (sic) oficialmente autorizada”.
-“Hay libertad de escribir y publicar ideas políticas sin censura previa”.
Y otros más, igualmente importantes.
Para 1835-36 se elaboraron las “Bases para una nueva Constitución”, llamadas las “Siete Leyes”, dictadas por el Presidente José Justo Corro Silva (jalisciense), aunque bajo la hegemonía de Antonio López de Santa Anna, y se estableció el Supremo Poder Conservador, “Sólo responsable ante Dios” (sic) (¡?). Rígido Centralismo.
Durante 1843 se sancionó una Nueva Carta Magna, llamada “Bases Orgánicas de la República Mexicana”, que sólo estuvo en vigor tres años, y se suprimió el Supremo Poder Conservador. Se instauró la Pena de Muerte y se restringió la libertad de prensa. Tónica muy específica y dictatorial.
En 1847, con el país en guerra y dividido en grupos políticos antagónicos, en el Congreso Extraordinario Constituyente se aprobó el “Acta Constitutiva y de Reformas”. Se reestableció el Federalismo y se establecieron las Garantías Individuales.
Tras la Revolución de Ayutla, se convocó un Congreso Extraordinario, y un año después, en 1857, se aprobó y juró la “Nueva Constitución, con un Manifiesto del 5 de Febrero”. Triunfo Liberal. Ésta fue luego desconocida por Comonfort y se inició la Guerra de los Tres Años o Guerra de Reforma, en defensa de la Constitución, bandera esgrimida por Don Benito Juárez y que tuvo su vigencia hasta 1917, a pesar de la dictadura porfirista.
Finalmente, se promulgó, también en un 5 de Febrero, pero de ese 1917, nuestra actual Carta Magna: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, cuyo Artículo 40° nos parece digno colofón para esta consignación conmemorativa: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una Federación, establecida según los principios de esta Ley Fundamental”.
El texto vigente es admirable, y más con sus Reformas; léanse, si no, los artículos 2° y 4°, como ejemplo.
¡Salve al México, de ayer, de hoy, de siempre, cuyo destino “Por el dedo de Dios se escribió”!
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